El 26 de marzo de 2025, la directora del Instituto Nacional de Medicamentos recibió un informe demoledor: se enumeraban incumplimientos reiterados de HLB Pharma y Laboratorios Ramallo en la producción, distribución y comercialización de medicamentos de uso humano. La advertencia era clara: desde ansiolíticos hasta tratamientos para la hipertensión y la diabetes, varios productos estaban siendo comercializados por fuera de la normativa vigente. Entre los hallazgos más graves, el documento señalaba que Zoliprox (zolpidem), utilizado para el insomnio, se vendía sin la autorización de primer lote ni la inmovilización de partidas sospechadas de fallas de calidad. Lo mismo ocurría con Diazepam Surar Pharma, cuya producción estaba ligada a un establecimiento previamente clausurado por ANMAT en 2015.
El listado incluía, además, fármacos críticos: Ipina (enalapril) se fabricaba con una fórmula distinta a la aprobada; Metformina N14, destinada a diabéticos, era elaborada en plantas no habilitadas; y Zoncora (carvedilol) y Pancrecura (proteasa) fueron comercializados sin que la empresa tuviera la titularidad de esos registros. El informe también advertía que, pese a que habían transcurrido más de 120 días desde el inicio de retiros de mercado ordenados por ANMAT, la firma no había concluido con el recupero de unidades defectuosas. “La empresa comunicó telefónicamente que no iniciaba los expedientes por no estar de acuerdo con el criterio técnico”, se lee en el texto. Otro dato llamativo: en 2023 HLB Pharma produjo 393 lotes en sistema abierto, sin la documentación que respaldara la excepción otorgada para envasar bajo ese procedimiento. Sin embargo, no consta que ANMAT haya ordenado el retiro de todos esos productos.
El documento oficial que forma parte del expediente judicial que tramita en La Plata refiere que el 26 de marzo de 2025 la titular del INAME recibe una nota formal donde “se detallan los incumplimientos a la normativa vigente por parte de la firma HLB PHARMA GROUP S.A. – Legajo N°: 7.350, en lo referente a comercialización, uso y distribución de los productos de su titularidad. Asimismo, guarda relación con los incumplimientos incurridos por la firma LABORATORIOS RAMALLO S.A. – Legajo N°: 7.473, que también infringe el marco legal farmacéutico de buenas prácticas de fabricación de medicamentos de uso humano y es elaborador de los productos en las formas farmacéuticas solución parenteral de pequeño volumen (SPPV) y solución parenteral de gran volumen (SPGV).” La funcionaria no tomó ningún imperio y el laboratorio recién fue inhibido el 11 de mayo, cuando se conocieron las posibles muertes asociadas al fentanilo que denunció el Hospital Italiano de La Plata.



